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jueves, 3 de febrero de 2011

De cuida coches y sociedad.


En estos días en diferentes foros y Redes sociales exploto el tema de la Legalización de la labor de los cuida coches.
De que estoy hablando?  hablo de un proyecto de ley lanzado dentro de la junta municipal por la concejal KARINA RODRIGUEZ del P-MAS, movimiento izquierdista. En el siguiente enlace detalles:
Extraído de la pagina de: Asociación de víctimas de Cuida coches.
gracias a la Concejala Miriam Ferreira! 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº



"Del cuidado de rodados en la vía pública"



Capítulo I: Del cuidado de rodados en la vía publica

...
Articulo 1° Se considera a cuidador de rodados en la vía publica al trabajo ejercido por toda persona mayor de edad que en los lugares destinados al estacionamiento en la vía publica ofrezcan sus servicios de asistencia, mediante indicaciones y serias oportunas y acertadas, al mejor y mas rápido aparcamiento de los automotores, así como de cuidar los rodados estacionados en los lugares de dominio publico durante la ausencia de sus propietarios o conductores.



Capitulo II: De la responsabilidad del municipio



Articulo 2° Con la finalidad de ejercer control de la actividad' en el ámbito de la Ciudad de Asunción en relación a los estacionamientos públicos habilitados por el municipio, crease el 'Registro de Cuidadores de

Rodados en la Vía Pública'.



Articulo 3° La elaboraci6n y administración del Registro de Rodados de Vehículos en la Vía Publica estará a cargo de la Direcci6n General de Área Urbana del municipio.



Articulo 4° Para ingresar al registro referido en el articulo anterior, los cuidadores de rodados deberán solicitar al municipio su inclusión por escrito, acompañado de su fotocopia de su cedula de identidad y antecedentes policiales.



Articulo 5º Los cuidadores de rodados en la vía publica censados y registrados por el municipio, deberán identificarse con un chaleco que poseerá un numero Identificatorio correspondiente a su registro, y una credencial personal e Intransferible que poseerá los datos del cuidador, foto del mismo, su numero de inscrlpei6n si registro y numero de cedula de identidad. Todos esos elementos deberán ser provistos por el municipio.



Articulo 6° Los cuidadores de rodados en la vía pública registrados deberán:

a. Cuidar que no se produzcan daños en los vehículos estacionados;
b. En caso de ausencia de los propietarios o conductores, dar inmediata intervención a la autoridad policial ante la sustracci6n de vehículos;
c. Denunciar ante la autoridad competente las infracciones alas disposiciones municipales sobre transito que observen en el lugar de trabajo; d; Facilitar a los conductores las maniobras relacionadas con el estacionamiento; y, e. Llevar puesto su chaleco y credencial.



Capitulo III: Disposiciones Generales

Articulo 7º La Direcci6n General de Área Urbana administrara los turnos y las zonas habilitadas en las que los cuidadores de rodados podrán ejercer su labor, de acuerdo alas normas municipales vigentes en la materia.
Articulo 8º El control de la disposici6n legal será realizado por la Direcci6n de Área Social.



Articulo 9º El municipio podrá realizar acuerdos 0 convenios con instituciones publicas o privadas u organizaciones de la sociedad civil para lograr el eficiente cumplimiento de la presente ordenanza.



Artículo 10º El incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza por parte de los cuidadores de rodados, así como toda otra irregularidad o negligencia que afectare los intereses del público será sancionado con: apercibimiento, el incumplimiento del artículo 4º, suspensión, la reincidencia y el incumplimiento del artículo 7º, y cancelación de la habilitación el incumplimiento del Art. 6 – inc. e)


Opiniones SOBRAN

Uno de los grupos más activos. Asociación de victimas de cuida coches.

Otro de los grupos creados respecto al tema

Y porque no, LOS CUIDA COCHES:
Con Daniel Sánchez  e Higinio Jara, como representantes de dicha gente. Nota:

Pero vamos a lo real, a lo tangible.
En un país que presenta un crecimiento casi inédito de del parque automotor en los últimos años con más de 368.000 automotores entre autos, camionetas y motos… (acá las motos no se salvan)
Que presenta una delincuencia completamente desbordada con un crecimiento del 23% en robo de vehículos
Con una distribución TOTALMENTE desequilibrada de las riquezas, hablando de un país que obtiene records en crecimiento económico
Con una sociedad apenas desarrollada en conceptos de educación, con el más alto nivel de analfabetismo funcional de la región: (este es muy extenso, pero muy interesante)
Es de esperarse!
Algunos VARIOS (aproximadamente 7000 descuidados), ciudadanos encontraron la forma de lucrar, con la falta de preparación de las calles y establecimientos para brindar seguridad a los automotores.

Ahora bajo que concepto? O con que pretexto?
Lo hacen diciendo que son CUIDA COCHES y son tantos los que vieron como un buen negocio este tipo de trabajo (por así llamarlo) que hasta se tomaron la molestia de darse o auto generarse ZONAS, en las cuales ELLOS son los UNICOS HABILITADOS, a ejercer el cuidado de nuestros vehículos.
Eso de buenas a primeras es lo que la LEY de NEGOCIOS indica. Buscar nuevas formas de generar dinero con el menor esfuerzo posible. Eso es perfectamente comprensible.
Explican que mediante esta labor (entre comillas) ellos alimentan a sus familias, sostienen sus hogares, entre otras cosas. Lo cual visto desde el punto vista de la pobreza existente, es verdad.
http://www.dgeec.gov.py/

PERO, los ciudadanos asuncenos en su mayoría estacionan sus vehículos en calles de Asunción, no en terrenos o estacionamientos privados.

Por tanto, un terreno municipal, o común a todos los ciudadanos, el cual no puede ser explotado en forma privada por ninguna persona sin consentimiento de la comuna y el pago de impuestos, LEY MEDIANTE. Lo que a su vez significa que debe estar jurídicamente declarado. (y unos bichos mas que no domino)
Ahora para que cualquier entidad, llámese, municipalidad, gobernación, suprema corte, hasta el poder ejecutivo pueda promulgar una ley, la misma NO PUEDE CONTRAVENIR A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.    
Entonces, que dice la misma respecto a la libertad de las personas?

La constitución nacional Paraguaya en su Capitulo2:
De la Libertad,
 ARTICULO 9
 De la libertad y seguridad de las personas
                (Dice, trascribo el texto)
Toda persona tiene el derecho a ser protegida en su libertad y en su seguridad.
Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no prohíbe
Léase:
http://pdba.georgetown.edu/constitutions/paraguay/para1992.html



ARTICULO 41 - DEL DERECHO AL TRANSITO Y A LA RESIDENCIA
Todo paraguayo tienen derecho a residir en su Patria. Los habitantes pueden transitar libremente por el territorio nacional, cambiar de domicilio o de residencia, ausentarse de la República o volver a ella y, de acuerdo con la ley, incorporar sus bienes al país o sacarlos de él. Las migraciones serán reglamentadas por la ley, con observancia de estos derechos.
ARTICULO 44 - DE LOS TRIBUTOS
Nadie estará obligado al pago de tributos ni a la prestación de servicios personales que no hayan sido establecidos por la ley. No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas desmedidas.

ARTICULO 47 - DE LAS GARANTIAS DE LA IGUALDAD

El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:
4. la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura



CAPITULO XI

DE LOS DEBERES


ARTICULO 127 - DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY

Toda persona está obligada al cumplimiento de la ley, la crítica a las leyes es libre, pero no está permitido predicar su desobediencia.

ARTICULO 175 - DE LA POLICIA NACIONAL

La Policía Nacional es una institución profesional, no deliberante, obediente, organizada con carácter permanente y en dependencia jerárquica del órgano del Poder Ejecutivo encargado de la seguridad interna de la Nación.

Dentro del marco de esta Constitución y de las leyes, tiene la misión de preservar el orden público legalmente establecido, así como los derechos y la seguridad de las personas y entidades y de sus bienes; ocuparse de la prevención de los delitos; ejecutar los mandatos de la autoridad competente y, bajo dirección judicial, investigar los delitos. La ley reglamentará su organización y sus atribuciones.

El mando de la Policía Nacional será ejercido por un oficial superior de su cuadro permanente. Los policías en servicio activo no podrán afiliarse a partido o a movimiento político alguno, ni realizar ningún tipo de actividad política.





Teniendo en cuenta, que lo que dispone la Constitución nacional NO PUEDE SER CONTRA DICHO por NINGUNA OTRA LEY, entonces estamos hablando de una inminente violación a la misma constitución nacional, y a nuestros más básicos derechos como ciudadanos, no solo de la municipalidad, ni de la nación, sino del mundo. 

Todo lo que se pueda argumentar a favor o en contra de dicho proyecto esta de mas. Es simplemente inviable, ademas de ser completamente ridículo como programa social, puesto que los ciudadanos pagamos IMPUESTOS al gobierno, tanto municipal como central para la ejecución de estos programas sociales. No tenemos PORQUE esta volviendo a pagar a cada individuo de dicho plan o proyecto social.

El pago de cualquier monto exigido por un extraño, para el cuidado de un bien privado en la vía publica es EXTORSIÓN, la misma es CRIMEN, al ser eso, esta PENADA, por una LEY existente, por tanto debe ser DENUNCIADA, y la policía, en cumplimiento de su DEBER debe, DETENER, al DELINCUENTE y ponerlo ante la FISCALIA la cual deberá PROCESAR al mismo, de forma tal A CASTIGARLO según las LEYES VIGENTES.

Como esto es básicamente inviable por todo lo anteriormente mencionado.

Minimamente lo que podemos hacer como ciudadanos y miembros de esta sociedad es oponernos, a la manipulación de nuestro derechos y a que perfectos desconocidos nos sigan metiendo las manos en los bolsillos.

Les dejo un par de vídeos muy, muy explícitos sobre el caso.
Y esta es la segunda parte MEJOR TODAVÍA



  


4 comentarios:

  1. Excelente resumen. Es lo que hasta ahora no lo hemos hecho y estaba pendiente. Gracias Coyote. Parece que tu producto es un ACME de verdad!!

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  2. jajaja! así mismo es!
    Gracias por el comentario. Si te gusta el blog, podes seguirme e invitar a tus amigos... Así hacemos extensa la comunicación a la gente

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  3. WOW - TWITTEADO CON COPIA A LA CONCEJALA ESTA! MUY BUEN POST... TU MEJOR HASTA AHORA!

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